Gerencia de Presupuesto
Información del puesto
Atribuciones específicas:
Estatuto Orgánico del Sistema de Transporte Colectivo
Artículo 55
La Gerencia de Presupuesto tendrá las siguientes facultades y obligaciones:
I. Coordinar la elaboración e integración del Programa Operativo Anual del Organismo, conforme a las leyes y normas vigentes en la materia;
II. Regular y coordinar la elaboración e integración del Anteproyecto de Presupuesto de Egresos del Organismo, conforme a las leyes y normas vigentes en la materia;
III. Operar las adecuaciones presupuestarias líquidas y compensadas de las áreas del Organismo, conforme a las leyes y normas vigentes en la materia;
IV. Coordinar la elaboración de los informes periódicos en materia de rendición de cuentas del Organismo, de naturaleza programática-presupuestal, conforme a las leyes y normas vigentes;
V. Elaborar los lineamientos para el ejercicio presupuestal y la programación de metas, con base en los criterios establecidos por la Dirección de Finanzas, que deban seguir las áreas del Organismo, conforme a las leyes y normas vigentes;
VI. Asesorar y prestar apoyo a las áreas del Organismo para la elaboración de sus programas y presupuestos;
VII. Establecer mecanismos de seguimiento y control para el ejercicio del presupuesto, conforme a las leyes y normas vigentes en la materia;
VIII. Expedir copias certificadas, previo cotejo de los originales de los documentos que obren en los expedientes de la Gerencia de Presupuesto, a solicitud expresa de los órganos administrativos, judiciales, de fiscalización o de control interno;
IX. Las demás afines a las que anteceden, conforme a las leyes y normas vigentes en materia presupuestal.