Gerencia de Instalaciones Mecánicas y Vías

Información del puesto

Con base en el Manual Administrativo MA-STC-23-437D6306 del Sistema de Transporte Colectivo.

Atribuciones Específicas:

Artículo 56. La Gerencia de Instalaciones Mecánicas y Vías tendrá las siguientes facultades y obligaciones:

I.- Integrar el Programa Anual de requerimientos de servicios y materiales necesarios para el funcionamiento de las áreas de su competencia, de conformidad con el Programa Operativo Anual y Presupuesto de Egresos autorizado;  

II.- Someter a la consideración de la Dirección de Instalaciones Fijas el Programa Operativo Anual de los equipos e instalaciones que integran los sistemas hidráulicos, mecánicos y de vías del Organismo;  

III.- Coordinar y supervisar la elaboración de los requerimientos de mantenimiento y obra pública correspondientes a las instalaciones de su competencia, conforme a las políticas y procedimientos establecidos;  

IV.- Desarrollar, a través de las áreas que integran la estructura orgánica de la Gerencia, los programas de mantenimiento de los equipos e instalaciones que integran los sistemas hidráulicos, mecánicos y de vías, y vigilar que se apliquen las políticas, lineamientos, normas técnicas y de calidad que establezca la Dirección de Instalaciones Fijas y autoridades superiores del Sistema;  

V.- Instrumentar y difundir el cumplimiento de las políticas y estrategias establecidas para la elaboración y ejecución de los programas de mantenimiento preventivo a las instalaciones y equipos que integran los sistemas hidráulicos, mecánicos y de vías, para rodadura neumática y férrea, del Organismo;  

VI.-Dirigir las acciones inherentes a los proyectos especiales de mantenimiento, orientados a conservar en condiciones de operación los equipos e instalaciones que integran los sistemas hidráulicos, mecánicos y de vías;  

VII.- Establecer mecanismos de comunicación y coordinación con otras áreas del Organismo, para instrumentar acciones orientadas a incrementar la seguridad en la operación de la red de servicio;  

VIII.- Dar seguimiento al control de la prestación del servicio de vehículos auxiliares para la ejecución de los mantenimientos correspondientes a las Líneas, así como a los equipos e instalaciones que conforman los sistemas electromecánicos;  

IX.- Apoyar, a petición expresa de la Dirección de Instalaciones Fijas, en el otorgamiento de la asesoría técnica que soliciten organismos nacionales e internacionales;  

X.- Determinar los lineamientos y directrices para la aplicación de medidas orientadas a verificar la calidad de la prestación de servicios de mantenimiento a los equipos e instalaciones que integran los sistemas hidráulicos, mecánicos y de vías del STC;

XI.- Desarrollar, conforme a las directrices y lineamientos establecidos por la Dirección de Instalaciones Fijas, los estudios que permitan mejorar el funcionamiento de los equipos e instalaciones que integran los sistemas hidráulicos, mecánicos y de vías, a fin de optimizar los métodos de mantenimiento;

XII.- Participar en el desarrollo y aprobación de los estudios y proyectos de nuevas líneas, ampliaciones y modernización de las ya existentes; verificando que se ajusten a las normas, especificaciones y parámetros técnicos y de funcionalidad requeridos para proporcionar las condiciones de seguridad y eficiencia con que deben operar los equipos e instalaciones que integran los sistemas hidráulicos, mecánicos y de vías, que sean incorporadas a la infraestructura operativa de la red de servicio;  

XIII.- Verificar las pruebas de funcionamiento a las instalaciones y equipos que integran los sistemas hidráulicos, mecánicos y de vías, incorporados por nuevas líneas, ampliaciones, modernizaciones y renovaciones a la red de servicio, verificando que cumplan con las normas, especificaciones y características técnicas y de funcionalidad requeridas para su puesta en operación;  

XIV.- Establecer las directrices y lineamientos para Coordinar el desarrollo interno y/o externo de estudios y proyectos que permitan mantener en condiciones de seguridad y eficiencia los equipos e instalaciones que integran los sistemas hidráulicos, mecánicos y de vías, que estén por llegar al final de su periodo de vida útil, a través de su oportuna modernización, rehabilitación y/o renovación;  

XV.- Formalizar e instruir los mecanismos necesarios para atender oportunamente las averías técnicas que se susciten en los equipos e instalaciones que integran los sistemas hidráulicos, mecánicos y de vías del Organismo;  

XVI.- Evaluar la información relativa a las averías técnicas que se susciten en los equipos e instalaciones mecánicas, hidráulicas y de vías, así como dispositivos inherentes al ámbito de su competencia, a efecto de implantar medidas preventivas y correctivas apropiadas;  

XVII.- Desarrollar, proponer e implementar alternativas para disminuir la frecuencia de las averías y mejorar las condiciones de operación de los equipos e instalaciones mecánicas, hidráulicas y de vías, así como dispositivos inherentes al ámbito de su competencia;  

XVIII.- Participar a petición de la Dirección de Instalaciones Fijas en el funcionamiento de los Comités legalmente constituidos en el Organismo, así como presentar las medidas tendientes a eficientar su operación;  

XIX.- Informar periódicamente a la Dirección de Instalaciones Fijas sobre el avance y cumplimiento de las metas y programas encomendados;  

XX.- Las demás afines a las que anteceden, de acuerdo con las disposiciones legales, técnicas y administrativas aplicables.


Datos del titular

Escolaridad:

Licenciatura en Ingeniería en Sistemas Computacionales egresado de la Universidad ICEL.

Experiencia:
  1. Del 28 de octubre de 2024 a la fecha, como encargado de despacho de la Gerencia de Instalaciones Mecánicas y Vías.
  2. Del 22 de mayo al 27 de octubre de 2024, como titular de la Coordinación de Vías II.
  3. Del 1982 al 21 de mayo de 2024, diferentes encargos en el Sistema de Transporte Colectivo.

Área a la que pertenece